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EL TJUE OBLIGA A LOS BANCOS A DEVOLVER LO COBRADO POR LAS CLÁUSULAS SUELO

La cláusula suelo se convirtió en un problema importante para muchas familias españolas que no pudieron beneficiarse de la bajada del euribor, que es el tipo de interés de referencia que se ha venido aplicando a la mayoría de las hipotecas a interés variable que se han firmado en España en tiempos recientes.
La cláusula suelo, es una cláusula que las entidades bancarias introducían en las hipotecas y que establece un interés mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca, con independencia de que los intereses del mercado estén por debajo.

Esta cuestión ha originado importantes problemas económicos a muchas familias de España.

Ante la imposibilidad de poder aprovecharse de los bajos tipos de interés de los últimos años, por tener cláusula suelo en su hipoteca, muchos ciudadanos acudieron a los tribunales de justicia por considerar que se estaban atropellando sus derechos. Además, muchos clientes desconocían por un lado, qué es la cláusula suelo y por otro, que ellos mismos la tuvieran en su hipoteca, ya que ni siquiera se les había informado de ello.

El 9 de Mayo de 2013, se produjo una Sentencia del Tribunal Supremo que determinó la invalidez de las cláusulas suelo de algunas entidades por considerarlas abusivas y “poco transparentes”, obligando a algunas entidades a las devoluciones cobradas indebidamente. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo no se dictó con carácter retroactivo, sino que se devolverían dichas cantidades a partir de la fecha de la Sentencia.

Tras el fallo de la referida Sentencia, algunas entidades negociaron con los hipotecados que tenían la famosa cláusula suelo, nuevas condiciones para sus hipotecas, pero en otros casos, son muchas las familias que han tenido que pagar cantidades importantes por no habérsele suprimido tal cláusula.

El pasado 26 de abril, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), comenzó a dilucidar sobre la retroactividad de la cláusula suelo, pero no sobre la nulidad de la misma, ya que ésta ya quedó confirmada en la sentencia del Tribunal Supremo a la que hemos hecho referencia. La cuestión que debatió es si las entidades bancarias debían de devolver las cantidades cobradas de más desde el momento de la contratación del préstamo hipotecario o solamente desde la Sentencia del Tribunal Supremo.

Pues bien, con fecha de hoy miércoles, 21 de diciembre de 2016, el TJUE, ha dictado una sentencia en la que determina que los bancos españoles deberán devolver todo el dinero que se ha cobrado de más a través de la cláusula suelo a las personas hipotecadas, por considerar incompatible con el Derecho de la Unión Europea el devolver solamente lo cobrado de más a partir de 2013, como venían aplicando los bancos.

Esta sentencia es muy importante, supone un auténtico varapalo para las entidades financieras, pues establece una retroactividad total en la devolución de las cantidades cobradas indebidamente y va suponer tener que devolver entre 3.000 y 5.000 millones de euros adicionales a muchas familias, lo cual es una magnífica noticia.

Por tanto, todas aquellas personas que puedan beneficiarse de los derechos que le otorga la sentencia dictada por el TJUE, deberán acudir a abogados especialistas en estas cuestiones, para informarse de qué pasos deben de dar para que se les devuelva las cantidades que han pagado de más.

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