Desde la entrada en vigor de la nueva Ley del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Publicas (Ley 39/2015) se ha establecido la obligación para algunos sujetos de relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas, con la finalidad de implantar una Administración completamente electrónica e interconectada y mejorar la tramitación de los procedimientos administrativos.
Se impulsa el procedimiento administrativo electrónico cuyo uso será optativo para las personas físicas, pero obligatorio para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, para quienes ejerzan una actividad profesional de colegiación obligatoria o para los empleados públicos, de conformidad con lo que señala los artículos 13 y 14 de esta Ley.
La obligatoriedad de la recepción de notificaciones electrónicas, viene establecida mediante la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) o Buzón 060, que todos los sujetos obligados deben tener activado. Buzón que se gestiona mediante el certificado electrónico. Esta dirección servirá para la recepción de todas las notificaciones administrativas por vía telemática que puedan practicar las distintas Administraciones, inclusive notificaciones desde los Juzgados. Se debe señalar un email al que llegarán las comunicaciones por las que se avisará que hay notificaciones en dicho buzón.
Para vuestra comodidad os adjuntamos a continuación el enlace de acceso:
Como adelantábamos, también se establece en el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET, que las notificaciones en el ámbito de la Justicia se realizarán de modo electrónico con las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica en el ámbito de la Administración de Justicia. Al respecto queremos informar de que ya se han empezado a realizar dichas comunicaciones, de modo que todos los procedimientos incoados en el año 2017 (que no iniciados, por tanto incluso los iniciados en el año 2016) se están notificando por esta vía.
Por tanto, recomendamos encarecidamente que se tenga activado el buzón 060 –al ser obligatorio- y que se consulte varias veces a la semana.
En este buzón las notificaciones están disponibles para su descarga durante 10 días, transcurrido el cual se recibe por la Administración la información de un rechazo automático. Hay que tener en cuenta que, si una misma comunicación ha sido objeto de dos rechazos en el buzón, se entenderá notificada, por lo que el procedimiento correspondiente seguirá su curso con el transcurso de cualesquiera plazos sean aplicables y las consecuencias que de ello pudieran derivarse.
Asimismo, hemos de aconsejar que se actualicen las direcciones electrónicas (e-mails) con cualesquiera Administraciones Públicas, pues estamos viendo supuestos en los que ya no solo se practica la notificación por el buzón 060, sino por cualquier email de los que disponga la Administración por habérsele dado tal información en algún momento.
Así también informamos, que cualquier presentación de solicitudes, recursos o cualquier otro escrito dirigido a la Administración Pública, si se es persona jurídica o cualquier otro ente o persona obligada por la Ley 39/2015, debe hacerse vía electrónica.
A continuación facilitamos el enlace de la presentación de registros que vayan dirigidos a la Administración General del Estado:
Y el enlace del registro electrónico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:
No obstante, a la vista de la incertidumbre que se ha creado, diversas Administraciones no están utilizando el registro y las notificaciones electrónicas, por lo que todavía sigue siendo posible presentar escritos en papel por medio de ventanilla única. Ante los diversos problemas que están surgiendo, la Administración ha habilitado un número de consultas relacionadas con el Buzón 060, en el teléfono 902 33 47 63.
Por último, volver a recordar que se debe tener este buzón activo, a la mayor brevedad posible, puesto que cualquier comunicación que la Administración esté enviando, se entiende por notificada.